Se ha cumplido ya el segundo mes del año y a día de hoy no se ha publicado el calendario laboral de 2016 o al menos no nos consta que se haya llevado a cabo ninguna comunicación al respecto. Por aclarar, os recordamos que el convenio colectivo establece que la empresa publicará el calendario laboral de cada año antes del 31 de diciembre del mes anterior previa consulta e informe del Comité de Empresa, algo que al menos desde la representación sindical de CCOO no tenemos constancia de que haya sucedido.
Por este motivo hemos instado a la dirección de la empresa a que se publique el calendario laboral de 2016, en el cual habrá que tener en cuenta que al ser bisiesto se debería compensar con un día de libranza a toda la plantilla.
Reproducimos el escrito enviado a la empresa:
El vigente convenio colectivo
establece en su artículo 11 la publicación del calendario laboral por parte de
la empresa con antelación al 31 de diciembre del año anterior.
Esta sección sindical desconoce
la publicación del citado calendario, por lo que todavía a fecha de 29 de
febrero no disponemos del calendario laboral de 2016, contraviniendo lo
establecido en el convenio colectivo. También tengo que trasladarle que en caso
de que la empresa haya publicado algún calendario laboral, el mismo no ha sido
consultado con los representantes de los trabajadores de este sindicato en el
Comité de Empresa, requisito previo a su publicación tal y como establece el
convenio colectivo. Por este motivo, CCOO le insta a que se dé cumplimiento al
convenio colectivo y la empresa proceda a la publicación del calendario laboral
de 2016 previa consulta e informe del Comité de Empresa. Al respecto, aprovecho
para trasladarle que a la hora de la elaboración del calendario laboral se
deberá tener en cuenta que el presente año tiene 366 días, por lo que para no
superar la jornada máxima anual se debería dar un día de libranza de
compensación a toda la plantilla.
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