viernes, 2 de septiembre de 2016

CCOO RECLAMA COMPENSACIÓN POR LOS TRABAJOS ESPECIALES

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CCOO RECLAMA LA COMPENSACIÓN POR LOS TRABAJOS ESPECIALES QUE DEBIERON SER OBJETO DE PACTO DE TRABAJO

La sección sindical de CCOO de Canal Extremadura ha trasladado al Secretario General de la CEXMA, MIguel Ángel Campos, una propuesta para que se compense con el complemento de dedicación especial al personal que ha realizado diversas coberturas informativas durante varios días. En un último intento por resolver el asunto hemos trasladado esta propuesta a pesar del manifiesto y reiterado incumplimiento del convenio colectivo por parte de la empresa. Esperamos que la propuesta sea bien recibida. En caso contrario tendremos que reclamar ante las instancias oportunas el cumplimiento del convenio colectivo. Esperamos que la empresa reconsidere su postura de constante vulneración del convenio, lo que está lejos de una actitud de respeto a los derechos de los/as trajadores/as y una falta de consideración hacia los/as profesionales de la radiotelevisón pública extremeña.

Seguiremos informado


* Escrito enviado al Secretario General

ATT. de D. Miguel Ángel Campos Rodas, Secretario General de la CEXMA

Estimado Miguel Ángel:

Como recodará, hace ya bastantes meses, se llevaron a cabo varias coberturas informativas de determinados eventos que podemos considerar de carácter extraordinario durante varias jornadas consecutivas. En concreto podemos detallar:

- Copa del Rey de fútbol en Barcelona.
- Reunión entre el Presidente de la Junta y el Primer Ministro de Portugal en Lisboa sobre el tren Sines-Badajoz
- Festival de flamenco de Nimes
- Comité de las regiones Parlamento Europeo

Al respecto, hay mencionar que el convenio colectivo en su artículo 63 recoge lo siguiente:

Artículo 63.- COMPLEMENTO DE PACTO DE TRABAJO.
Se negociarán entre la empresa y los representantes de los trabajadores las condiciones económicas y de trabajo en
aquellos procesos productivos de carácter especial que exijan condiciones de trabajo que excedan a las reguladas en el
presente Convenio tales como campañas electorales o similares, y que no se consideren como Jornadas Especiales
reguladas en el artículo 13 de este Convenio Colectivo.

Según lo anterior, es obvio que para la realización de las coberturas anteriormente señaladas no se ha cumplido con lo establecido en el convenio colectivo, por lo tanto, las condiciones laborales en las que el personal que ha llevado a cabo estos trabajos están fuera de la normativa laboral aplicable.

Cabe recordar que en varias ocasiones los representes de los trabajadores, así como este delegado sindical, se han dirigido a la empresa con el fin de poder acordar una compensación para el personal afectado, aun a posteriori, sin que la empresa haya respetado el convenio colectivo, sin ningún resultado. También se llevó el asunto a la Comisión Paritaria del convenio colectivo, con el mismo resultado. Incluso hubo una última reunión con el Coordinador de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, también con idéntico resultado. Llegados a este punto, desde esta sección sindical hacemos un último esfuerzo para poder resolver el asunto proponiendo que al menos se compense la realización de los eventos señalados mediante el complemento de dedicación especial para el personal afectado y que no lo percibiera con anterioridad. La relación del personal afectado es: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. Debemos aclarar que esta propuesta es excepcional solo para el caso que nos ocupa y aprovechamos para recordar la obligación de la empresa de respetar el convenio colectivo en lo sucesivo, por lo que en un futuro se deberá respetar el procedimiento establecido en el art. 63.

Dada la lejanía en el tiempo de los trabajos a compensar y a que el personal afectado lleva largo tiempo esperando que se les compense el esfuerzo realizado, le ruego una respuesta lo más inmediata posible en sentido afirmativo o negativo.
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